Publicidad para prevenir el robo

Originalmente publicado en El Instituto Independiente.

En una de las estaciones de la Línea 1 del Metro de Santiago, vi un afiche publicitario que recomendaba tomar ciertas medidas para evitar hurtos y robos. Recuerdo haber visto otro afiche muy similar, con la foto de una posible víctima (un pasajero del transporte público) destacando los elementos de ella que tentarían a un potencial ladrón, en el interior de un bus hace unos quince años. Estas campañas publicitarias contienen la premisa de que cada persona, al salir a la calle, se puede constituir a sí misma en objeto de atención para los ladrones y que es la responsabilidad de cada una, por lo tanto, evitar que su apariencia resulte tentadora para ellos.

Esta premisa me hace pensar, por supuesto, en los indignados reclamos de algunas personas contra quienes aplican la misma premisa en los casos de violación de mujeres. Personalmente, nunca he escuchado a alguien aplicando esta premisa a los casos de violación de mujeres; pero asumiré que esto ocurre en el mundo real y hay quienes dicen que las mujeres pueden hacer de sí mismas objetos de atención en virtud de cómo se visten y deberían, por lo tanto, evitar que su apariencia resulte tentadora para un agresor sexual.

Aun cuando, en mi experiencia, no hay personas que interpongan esta premisa en los casos de violación de mujeres, ¿sería un error que lo hicieren? Porque, si se trata de un error en estos casos, también lo será en los casos de hurto y robo.

Sabemos que la víctima de una agresión —sea hurto, robo o violación—, en términos generales, no tiene responsabilidad en el hecho de que haya sido agredida. También sabemos que ninguna persona tiene más obligación que aquella a la que ella misma se haya sometido de forma voluntaria y las que se deriven desde ella. Podemos concluir con seguridad, entonces, que no es correcto responsabilizar a la víctima de una agresión que recibió. Para confirmarlo, no obstante, recurriré al método de reducción al absurdo.

Si alguien acampa en un bosque y es encontrado inesperadamente ahí por una jauría de perros asilvestrados que lo atacan, tenemos certeza de que el sujeto no tiene responsabilidad en la agresión que sufrió. Si esta persona, en cambio, acampa en un territorio que está explícitamente señalado como hábitat de perros asilvestrados que atacan a las personas, dudaremos de que ella carezca de total responsabilidad: tenderemos a pensar, más bien, que ella decidió libremente exponerse a una posible agresión porque sabía que iba a encontrarse con perros asilvestrados agresivos. Es lo que ocurrió en el sensible caso de Vicente Charpentier y Joaquín Navarro, quienes subieron sin el equipo necesario al Cerro Provincia —al menos uno de ellos contaba con entrenamiento y ambos fueron advertidos del peligro que enfrentaban por un guardabosque— y murieron congelados. Muchas personas coincidieron en cuanto a que ellos son responsables de sus propias muertes, por cuanto contaban con información suficiente sobre el peligro en el que ellos mismos se pusieron y, sin embargo, no hicieron lo necesario para escapar de él. Yo no llegaría tan lejos como para afirmar que lo merecían, pero sí estoy de acuerdo con que son responsables de lo que les pasó.

Esta reflexión no estaría completa si no reemplazamos el agente del perjuicio (una jauría o el frío en los ejemplos anteriores) por una persona. Cuando el origen del daño está en un agente moral, sabremos —aplicando el sintagma jurídico— que este carga con la responsabilidad de la agresión, porque no es lo mismo ser golpeado por una ola en la orilla del mar que ser empujado por una persona al borde de un barranco. La ola se formará y chocará contra la costa independientemente de que haya alguien o no, pero no es posible que una persona empuje a otra con resultado fatal si esta no se ubica primero en el borde del barranco. ¿Desaparece la responsabilidad de la víctima cuando reemplazamos una causa natural por un agente moral? Creo que basta con pensar en aquellas personas que arriesgaron sus vidas para cruzar el Muro de Berlín o para escapar desde Corea del Norte para conocer la respuesta: quien hace algo en lo cual no debería ser obstruido, puesto que ejerce un derecho básico, y resulta agredido por otra persona en el proceso de hacerlo carece por completo de responsabilidad en la agresión incluso si conoce de antemano el peligro con el que se confronta.

Desde aquí, puedo concluir con total seguridad que no es la obligación de ninguno tomar precauciones contra las agresiones de otros y que se equivocan quienes responsabilizan a las víctimas de los ataques que ellas han sufrido. El error de su juicio está en la asunción de que los agresores son equiparables con animales o con fenómenos naturales cuando, en realidad, son agentes morales como cualquiera de nosotros y tienen, por lo tanto, responsabilidad sobre las agresiones que cometen. Esto no obsta, de todas maneras, que resulte sensato prevenirse contra las agresiones de potenciales ladrones y violadores así como recomiendan los afiches que he visto en el transporte público. Conviene separar, pues, el consejo de los afiches de la presunción sobre la responsabilidad de quienes son víctimas de agresiones.

Imagino que una publicidad parecida a la que he visto en el Metro y en el bus, pero referida a las agresiones sexuales contra mujeres, se encontraría con un rechazo fundado en la presunta responsabilidad de la víctima. Pero me parece que, tal como ocurre en la campaña por la prevención de hurtos y robos, habría que distinguir lo que es un consejo sensato de la creencia de que una víctima consciente siempre es responsable de la agresión: no es lo mismo y vale la pena decirlo.

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